Mario Decara solicitó a organismos
nacionales una respuesta rápida, concreta y definitiva a la problemática que
atraviesan los suscriptores de planes de ahorro de la provincia de Córdoba y
del resto del país por los aumentos desmedidos en el precio de las cuotas.
Más de 700
suscriptores pidieron la intervención del Defensor del Pueblo de la Provincia
de Córdoba.
Decara
solicita que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Inspección
General de Justicia (IGJ) implementen medidas
urgentes para mitigar los graves perjuicios que el aumento irracional de las
cuotas de los Planes de Ahorro causa en la economía de los suscriptores. Considera
que el diferimiento del pago como único mecanismo no es suficiente.
Entre las
medidas que el Defensor del Pueblo propone, recomienda que, en el marco de la
Ley de Emergencia Pública (27.541), las
empresas administradoras de planes de ahorro vigentes no puedan liquidar cuotas
que excedan el 20% del valor de los ingresos mensuales de los suscriptores,
ahorristas y/o adjudicados. Además, ese monto debe incluir todos los
conceptos excepto el del seguro del automotor correspondiente. Y que, en el caso
de la derogación de esta ley, el tope máximo de la cuota mensual no sea
superior al 30% del salario de cada suscriptor de contratos vigentes.
También
que, para cubrir el aumento del precio
de los bienes a adquirir mediante planes de ahorro, este se efectúe una vez finalizado el plan, financiado
en cuotas mensuales y consecutivas, con idéntico tope hasta alcanzar el pago
total adeudado. Esta readecuación financiera no podrá demorar la entrega de la unidad y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo de las sociedades administradoras y automotrices.
Además, Decara recomienda que la IGJ implemente
medidas para determinar el valor fijo de los bienes a adquirir mediante planes
de ahorro. En este sentido, propone que ese valor quede fijo al momento de la firma y que se actualice conforme el índice
RIPTE que elabora el BCRA, integrado en un 50% por la inflación y el 50% por el
aumento de salarios.
Otra
propuesta es que se disponga una reducción
mínima del 30% del tope máximo para los montos autorizados a la empresa a
percibir en concepto de cargas administrativas, derechos de suscripción y de
adjudicación.
Además, pide
establecer el cumplimiento de una serie de condiciones
para la aprobación de nuevos planes de ahorro, como:
Que las cuotas mensuales que no excedan el 20% de
los ingresos salariales mensuales y regulares del suscriptor, excepto el seguro del automotor.
Que las administradoras de planes de ahorro no puedan
exigir otro seguro del automotor que no sea el obligatorio para circular, este es el de responsabilidad civil contra terceros. También la posibilidad de la libre elección y
contratación directa del seguro por parte del suscriptor.
La obligación, a cargo de las automotrices y
concesionarias, de garantizar la existencia de la unidad a la fecha de entrega.
El deber de las empresas de informar de manera
clara y accesible sobre al carácter
variable/fijo de las cuotas, detalle de gastos administrativos, costos de
entrega del vehículo, fletes, patentamiento, derecho del suscriptor de solicitar
la baja del plan, etc. También que se instrumenten medidas efectivas para evitar la publicidad engañosa.
Por último, sanciones claras y precisas para el respecto
al incumplimiento por parte de las empresas de alguna de las disposiciones
implementadas de los organismos estatales.