Recategorización de energía eléctrica y gas: el Defensor del Pueblo asiste a usuarios residenciales en forma presencial
Hasta el 5 de agosto, el Defensor del Pueblo asistirá a los usuarios residenciales de servicios de energía eléctrica y gas que necesiten realizar el trámite de segmentación para obtener o preservar beneficios sobre las tarifas.

En los últimos días, la Defensoría del Pueblo recibió numerosas consultas sobre el Plan de Recategorización de Usuarios Residenciales de Energía Eléctrica y de Gas, por lo que puso a disposición personal especializado para inscribir, en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), a los consumidores residenciales interesados en solicitar o mantener los beneficios para consumidores de los niveles 2 y 3. 

Las consultas sobre recategorización en los servicios de EPEC y Ecogas, se gestionarán desde el área de Atención al Ciudadano que funciona de lunes a viernes, de 8 a 18 h, en calle Deán Funes 352 de la ciudad capital, hasta el 5 de agosto. La modalidad es presencial, personalizada y gratuita, para toda persona que tenga inconvenientes para realizar la gestión o no cuente con acceso a internet.


¿Quiénes pueden pedir el subsidio?

Usuarios residenciales de gas y energía eléctrica que por la suma de sus ingresos necesiten ser recategorizados para acceder o permanecer con el beneficio.

Actualmente, el régimen de segmentación de subsidios energéticos contempla tres niveles: usuarios de ingresos altos (N1), usuarios de ingresos bajos (N2) y usuarios de ingresos medios (N3). Los de ingresos bajos (N2) y los de ingresos medios (N3) tendrán "bonificaciones en sus tarifas" pero con un tope de consumo. 

Es importante considerar que quienes no se inscribieron anteriormente fueron incluidos automáticamente en el grupo N1, correspondiente al grupo con mayores ingresos. Por esa razón, deberán concretar su recategorización antes del plazo estimado. 


Tarifa Social

Otra aclaración importante es que quienes sean beneficiarios de la Tarifa Social en el servicio de energía y no se inscriban en el RASE, para recibir el beneficio focalizado correspondiente a los usuarios N2 y N3, pasado el plazo estipulado mantendrán la Tarifa Social pero no podrán acceder a las bonificaciones previstas para N2 o N3.


¿Qué información se debe presentar?

  • El número de medidor y el número de cliente, servicio, cuenta y contrato o NIS que figuran en la factura de energía eléctrica y gas natural por red.
  • Copia del último ejemplar del DNI.
  • El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
  • Los ingresos netos de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
  • Correo electrónico de contacto.

Si en el domicilio de los servicios funcionara un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, es necesario contar con el número de registro.

Es importante resaltar que vencido el plazo informado por la Secretaría de Energía de la Nación en el boletín oficial (Resolución 90/2024), caducarán los beneficios y los titulares pasarán a abonar la totalidad de los servicios.  


Dato relevante

En caso de precisar la modificación de un registro preexistente se debe contar con el código otorgado por el sistema al momento de realizar el trámite. El proceso es sencillo y puede realizarse en línea a través de la página del Gobierno Nacional, https://www.argentina.gob.ar/subsidios. Durante la gestión, se requerirán documentos para validar la identidad y los datos de consumo.


Más información en:

0800 777 0337

https://www.argentina.gob.ar/subsidios